Besana Villoria – Revista digital Besana de Villoria

PLANTACIÓN DE ÁRBOLES OBLIGATORIA

El día 18 dio comienzo el reparto de árboles para los agricultores subvencionados por la PAC. El plazo termina el próximo día 26
La presente campaña les ha tocado el turno a los agricultores de esta zona, pero esto no viene de ahora. Fue en septiembre de 2003 cuando la C.E. estableció una serie de disposiciones en las cuales instaba a cumplir una serie de requisitos legales dirigidos a todos los Estados miembros y encaminadas a la buena gestión agraria y medioambiental y de obligado cumplimiento para todos los agricultores que recibieran ayuda directa de la Política Agraria Común(PAC)

En Castilla y León, en diciembre de 2005, se establecieron las bases legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales que deben cumplir los agricultores que reciben ayudas directas de la PAC

Uno de estos requisitos, es el de plantar y mantener especies arbóreas, lo que supone la obligación de plantar un árbol por cada hectárea que haya recibido ayudas directas de la PAC.

Según estimaciones de la Junta y dada la extensión de la Región, se calcula que serán más de 4.000.000 de árboles los que se deberán plantar para cumplir con lo establecido en la normativa señalada. La Junta será la encargada de proporcionar a los agricultores todos los árboles de forma gratuita.

Suponemos que los agricultores ya estarán enterados donde y cuando tienen que retirar los árboles, aunque no está de más recordarlo. Podrán retirarlos durante los días 18 al 26 Enero de 10 a 17 en horario continuo de lunes a viernes en Ventosa en una nave que hay frente a la báscula.

Los árboles que proporcionan se eligen según criterios de idoneidad de las plantas con el entorno ecológico y climático y que faciliten su viabilidad, mantenimiento y pervivencia. Se tiene también en cuenta la disponibilidad de las distintas variedades en los viveros de la Junta. En nuestra zona serán los pinos y los alcornoques los que predominen en la zona de secano y los nogales en la zona de regadío.

Lo que alguno tal vez no sepa son las distancias que deben guardar a la hora de plantar los árboles con las fincas colindantes. Si no estamos mal informados y no ha cambiado nada al respecto, la normativa vigente data de octubre de 1967, donde según publicaba el B.O.E. nº 264 del 4 de noviembre de 1967, como medida general para la plantación de árboles forestales en las colindancias con cultivos agrícolas se establecían las siguientes distancias:

Coníferas: 3 ms.
Frondosas 4 ms.
Especies del genero eucalipto 6 ms.

Cuando la colindancia sea con terrenos de pradera la distancia se disminuirá en un metro para todas las especies. Los frutales se podrán plantar a 2 ms. y los arbustos a 0,50, ms.

Los agricultores a los que se concedan los árboles, estarán obligados a plantarlos en las parcelas de su explotación. Pasar por alto esta norma puede acarrear sanciones a aquellos que las incumplan y que repercutirían directamente en las subvenciones que reciben a través de la PAC

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